En las últimas semanas, las diferentes regulaciones y normativas que han ido apareciendo hacen que, llegando a la entrada de la Fase I en toda Castilla y León a partir del 25 de mayo, el grado de sobreinformación que tenemos llegue a producir cierta confusión y, curiosamente cuanta más información tenemos, mas confusión se genera.
Después del confinamiento, y con la llegada del buen tiempo, las ganas de realizar actividades físicas en la naturaleza generan bastantes dudas sobre cómo llevarlas a cabo. Con estas líneas tratamos de dar respuesta a las diferentes preguntas que puedan surgir, teniendo en cuenta que la regulación cambia rápidamente y que están referidas a la Fase I.
¿Quién puede realizar la actividad física en la naturaleza?
Existen diferencias entre si la persona que va a realizar la actividad es deportista profesional, deportista de Alto Nivel/Alto Rendimiento (DAN o DAR), o deportista federado. Para todos ellos la recomendación sería que se informen a través de su federación o club correspondiente. También es diferente si para realizar estas actividades decidimos contratar una empresa de turismo activo.
En nuestro caso nos vamos a centrar en el deporte no profesional y no federado entre 14 y 70 años.
¿Con quién se puede realizar la actividad física en la naturaleza?
La actividad se puede llevar a cabo en grupo de un máximo de diez personas, excepto en el caso de personas convivientes. En todo caso, deberán respetarse las medidas de seguridad e higiene establecidas por las autoridades sanitarias para la prevención del COVID-19, y, en particular, las relativas al mantenimiento de una distancia mínima de seguridad de, al menos, dos metros, o, en su defecto, medidas alternativas de protección física, de higiene de manos y etiqueta respiratoria.
¿A qué hora se puede realizar la actividad física en la naturaleza?
En esta cuestión habrá que tener en cuenta el número de habitantes del municipio donde vivimos. Si es un municipio de menos de 10.001 habitantes y con una densidad de población menor de 100 habitantes por km2 no existen franjas horarias para realizar la actividad.
En los municipios de más de 10.000 habitantes se funcionará con dos franjas horarias que serán de 6.00 a 10.00 horas y de 20.00 a 23.00 horas, pudiendo realizar actividad una vez al día.
¿Dónde se puede realizar la actividad física en la naturaleza?
En la Fase I, el límite espacial para desarrollar nuestra actividad es el municipio, por lo que dependiendo de que vivamos en un entorno rural o urbano, la existencia de espacios naturales disponibles puede estar más o menos limitada.
Como conclusión, puede verse que la práctica de actividades físicas en la naturaleza sigue contando con limitaciones importantes de horario y de espacios. No debemos de olvidar que las medidas de desescalada que se están tomando no quieren decir que se haya superado el COVID-19. El virus sigue aquí y no debemos relajar la guardia. Se apela a la responsabilidad individual de cada persona para que en fechas próximas podamos volver a disfrutar de nuestro patrimonio natural con total libertad.
Javier González Lázaro es profesor de la asignatura de Actividad Física en la Naturaleza del grado de Ciencias de la Actividad Física y del Deporte en la Universidad Europea Miguel de Cervantes. Además, es el presidente de la Federación de Deportes de Montaña, Escalada y Senderismo de Castilla y León (Colegiado 11.148 del COLEF de Castilla y León).
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